La Gaceta de Madrid, también Gazeta de Madrid, fue una publicación periódica oficial editada en la ciudad española de Madrid desde 1697 hasta 1936. Sería sustituida en la práctica por el denominado Boletín Oficial del Estado.
Historia
Durante el siglo XVII la
imprenta propició el nacimiento de numerosos boletines o gacetas en,
prácticamente, toda Europa; estas
publicaciones surgirán de manos de la iniciativa privada y con un contenido
estrictamente informativo.
En España este fenómeno se concreta en la creación, en
febrero de 1661, de la Relación o
Gaceta de algunos casos particulares, así políticos como militares, sucedidos
en la mayor parte del mundo hasta fin de 1660, convirtiéndose en el
primer periódico de información general que surge en España.
La Gaceta,
en el momento de su nacimiento, estaba dirigida y administrada desde la
iniciativa privada. Esta circunstancia varía por completo durante el reinado
de Carlos III, quien, en 1762, decide otorgar a la Corona el privilegio de imprimir la Gaceta. De esta forma, la publicación
pasa a convertirse en un medio de información oficial que refleja los criterios
y decisiones del Gobierno.
Posteriormente, por la Real orden circular del Gobierno dirigida á todas las autoridades del
reino de 22 de septiembre de 1836, se establece que los decretos,
órdenes e instrucciones que dicte el Gobierno se considerarán de obligación desde el momento
en que sean publicados en la Gaceta.
De este modo, la Gaceta pasaba a convertirse en un órgano de expresión legislativa y reglamentaria,
característica que conservará hasta la actualidad.
En cuanto a la estructura de la Gaceta, es en 1886 cuando se
establece que la publicación sólo contendrá documentos de interés general (leyes, decretos, sentencias de tribunales, contratos de la Administración
Pública, anuncios oficiales, entre otros);
asimismo se establece un orden de preferencia en la publicación de las
disposiciones que atiende a criterios de urgencia y un orden de prioridad de la
inserción de documentos: Leyes, Reales Decretos, Reales Órdenes. Por
último, se prescribe que, dentro de cada sección, el orden de publicación ha de
ser el de antigüedad de los Ministerios, siempre tras la Presidencia del Consejo de Ministros. Toda esta estructura será perfilada por una Real
Orden de 6 de junio de 1909.
Fuente: Wiki pedía
LA GACETA relacionadas con Villena
14-12-1779
S.M. se ha servido nombrar para el Arcedianato de
Villena Dignidad de la Santa Iglesia de Cartagena a D. Miguel de Campos y
Salcedo.
14-09-1861 Visita del Rey
Debiendo inaugurarse los trabajos del puerto, al
paso de S.M. el Rey, a las seis de la tarde hoy, saldrán en tren con dirección
a Villena el Gobernador civil, el militar y las demás personas y corporaciones
que le acompañan, con objeto de recibir al Rey en el confín de la provincia de
Alicante.
26-03-1862 Estudio sobre aprovechamiento de aguas
S.M. la Reina autorizó a Francisco Ibarrola, vecino
de la Corte, para que en el término de 18 meses verificara los estudios
necesarios a fin de aprovechar el riego, por medio de un canal o acequia, las
aguas de varios manantiales que existen en el término de la ciudad de Villena,
entendiéndose que por esta autorización no adquiere derecho el concesionario a
aprovechar las referidas aguas, ni a indemnización por los trabajos que
practique.
Escrito del Ministerio de Fomento expedido en
Madrid el 19-3-1862 por Vega de Armijo.
02-06-1867 Bando convocando a vecinos de los cinco
hilos de agua
Bando de la Alcaldía Constitucional de Villena,
en el que su alcalde D. José de Mergelina y Silva convoca a los propietarios de
terrenos en los 5 hilos y partidas de la huerta de este término para que en
junta que tendrá lugar en las salas del ayuntamiento, para acordar sobre la
inversión de los fondos procedentes de lo que abona la empresa del ferrocarril
y asimismo para que se determine y autorice competentemente la persona o
personas que puedan invertirlos en razón a los antecedentes que se dará cuenta
en el mismo acto por los representantes de dichos propietarios.
Villena, 25 de mayo 1867, el
secretario interino: Sebastián García.
08-03-1870 Declaración de utilidad pública del
Chicharra
Informe del Ministerio de Fomento, firmado por
Echegaray y dirigido al Sr. Director General de Obras Públicas, Agricultura,
Industria y comercio con fecha 15-02-1870 en el que se indica lo siguiente:
“Vistos los
expedientes promovidos ante las Gobernadores de de Valencia y Alicante
respectivamente por D. Mariano Pérez de Castro, autor del proyecto de
ferrocarril de Villena a Alcoy, D. Ramón Dolz y D. José Mª Figuer, sobre que
con arreglo al decreto (hoy ley) de 14-11-1868 fijando las bases para la nueva
legislación de Obras Públicas se declare de utilidad pública la primera sección
de la línea a que dicho proyecto se refiere.
Visto el artículo 8º de la disposición precitada:
Considerando que
ambos expedientes se han tramitado con arreglo a las prescripciones legales
establecidas, informando en sentido favorable los respectivos Gobernadores de
conformidad con la Diputación de su provincia:
Considerando que
ninguna Corporación, propietario ni entidad a quienes interese el proyecto o afecta el trazado del camino ha interpuesto
reclamación contra la declaración que se solicita, antes bien la encuentra
justa y conveniente.
S.A. el Regente
del Reino, conformándose con lo propuesto por esa Dirección General, se ha
servido declarar de utilidad pública para los efectos de la ley de expropiación
y demás decretos (hoy ley) de 14-11-1868, el precitado ferrocarril de Villena a
Alcoy en su primera sección al arroyo Alpadull, que comprende un trayecto de 30
kilómetros aproximadamente.”
18-09-1903 Suspensión Alcalde y 11 concejales
Con motivo de una visita de inspección del
Gobierno Civil se producen diferencias en las cuentas de la Caja Municipal,
hubo diferentes criterios de
contabilización. Dicha suspensión se produjo con fecha 1-8-1903.
23-03-1910 Aprobada la construcción colonia en la Sierra
de Salinas
El Director General de Agricultura, Industria y
Comercio con fecha 15-3-1910 informó de la aprobación por Real Decreto de la
Presidencia del Consejo de Ministros de 10 de enero, el proyecto redactado por
la Junta Central de Colonización y Repoblación interior para el establecimiento
de una colonia en el monte Sierra de Salinas, en el término municipal de
Villena y aprobado igualmente por Real Orden de 18-10-1909 el pliego de
condiciones generales y económicas que ha de regir en todas las subastas que
para el mismo objeto se celebren.
Se indica también que S.M. el Rey se sirvió
autorizar a la misma para que, con arreglo a las condiciones fijadas, proceda a
la celebración de la subasta para la contratación de las obras necesarias a la
instalación de la colonia en el citado monte por el tipo de 326.944,17 pesetas.
28-10-1911 Adjudicación
de las obras de la colonia de Sierra de Salinas
Se informa que se presentaron dos proposiciones,
una por Francisco Pitera González, vecino de Cartagena y otra por Enrique
Moragues Moncho, de Valencia. La obra se
adjudicó a Moragues por 308.309 pesetas.
S.M. el Rey, de acuerdo con lo propuesto por la
Dirección General de Agricultura, Minas y Montes, se sirvió disponer el que se
adjudicara definitivamente la construcción de las obras en cuestión. Esto se
firmó el 21-10-1911 por Gasset, en nombre del Director General.
25-02-1915 Pago a cuenta de gastos de la instalación de
la Colonia
El presidente de la Junta Central de Colonización
y Repoblación Interior solicitó que se librara a nombre del vocal de dicha
Junta Pedro Ávila la cantidad de 24.000 pesetas, como parte de las 146.776
pesetas incluidas en el proyecto de instalación de la Colonia Sierra Salinas de
Villena. Con fecha 15-2 quedó autorizado tal libramiento por el Ordenador de
pagos del Ministerio en cuestión.
30-09-1921 Escuela de beneficencia a cargo de los
Padres Salesianos
Tramitación expediente instruido a instancia de
D. Manuel Nadal Hernández, párroco de Santiago, solicitando que se clasifique
como de beneficencia particular docentes las Escuelas de la parroquia de
Santiago a cargo de los Padres Salesianos.
Se autorizó en Madrid por el Subsecretario Zabala
en oficio de fecha 21-9-21 enviado al Gobernador Civil y a la vez presidente de
la Junta de Beneficencia de Alicante.
31-07-1922 Observ. Registr. De la Propiedad sobre las
fincas de la Colonia Sierra Salinas
Discrepancias con el Registrador de la Propiedad
en todo lo referente a la inscripción solicitada en el Registro de la Propiedad
de Villena de la colonia instalada en el monte enajenable del estado denominado
Sierra de Salinas.
Las dificultades surgían en la certificación
expedida por el jefe de la sección jurídica de la Junta Central de Colonización
y Repoblación interior para inscribir en el Registro la Colonia Agrícola de
“Sierra de Salinas” a nombre de la Asociación Cooperativa de la misma Colonia.
02-05-1926 Nombramiento médico forense
Con fecha 1-5 se nombró como médico forense y de
la prisión preventiva del Juzgado de primera instancia de Villena a Fernando
Ruiz Moreno, quién en ese momento desempeñaba la misma función en Novelda.
16-02-1933 Escuela
de la Sierra de Salinas
Dictamen que
emite el Consejo Nacional de Cultura con fecha 4-2-1933, firmado por Domingo
Barnes y dirigido al Director General de Primera Enseñanza y que dice así:
“Los vecinos de la Colonia Agrícola “Sierra de
Salinas, Municipio de Villena elevan escrito de que noticiosos que el
Ayuntamiento se propone solicitar la supresión de la Escuela Nacional allí
establecida, interesan no se acceda a ello, puesto que se perjudicaría
notablemente a la enseñanza, en razón a que los niños no podrían recibirla de
otro modo.
La causa, al
parecer de que el Ayuntamiento intente la supresión es la poca asistencia a la
Escuela, no obstante la excelente labor del Maestro que la desempeña, y el
Consejo Local de Villena informa en el sentido de que si el aumento de
concurrencia que los citados colonos ofrecen se realiza, no debe haber
inconveniente en que subsista la escuela, y la Inspección opina que no se
suprima.
Este consejo es
de parecer que se acceda a lo solicitado por los colonos, los que deben
procurar por todos los medios que sus hijos asistan con asiduidad a la Escuela,
porque en otro caso podría verse la Administración obligada a suprimirla y
convendría que el Ayuntamiento de Villena gestionase la creación de una Escuela
en el poblado de La Encina para que resultase mejor atendida la enseñanza.”
17-06-1937 Nombramiento Oficial para el Juzgado de Villena
Por oficio de 16-6-1937 del Subsecretario del
Ministerio en Valencia, se admitió para optar por la plaza de oficial
habilitado del Juzgado de Primera Instancia de Villena a Belisario Lillo
Catalán.
13-10-1953 Excedencia solicitada por el Juez
En oficio de 30-9 el Director General de Justicia
admitió la excedencia voluntaria como Juez comarcal de tercera categoría en el
Juzgado Comarcal de Villena a Nicolás Maurandi Abadía.
25-05-1943 Clasificación del
Colegio de Paulas
Orden del 13-5-1943 por lo que se clasifica como
benéfica, docente, privada y nombrándole Patronato a la Fundación establecida
en Villena, por doña Dolores Aynat Mergelina y que se denominará “Colegio de
Nuestra Señora de los Dolores”.
El oficio va firmado por Ibáñez Martín, Ilmo. Sr.
Director General de Enseñanza Primaria.
“El objeto de
dicha fundación es proporcionar educación e instrucción gratuita a niñas pobres
del término municipal de Villena, teniendo preferencia para ingresar como
alumnas las más pobres. Las alumnas serán externas y educadas e instruidas
dentro de las normas y doctrinas de la iglesia católica. El número de alumnas
será determinado, así como su edad, por la Superiora encargada de la fundación
y por los patronos, conforme permitan las circunstancias y dispongas las leyes,
la enseñanza y educación correrán a cargo de las Religiosas Hermanas Terciarias
Carmelitas de la Caridad.”
Se acordó también que el nombre del centro debía
ser “Colegio de Nuestra Señora de los Dolores” y que la Fundación estaría
formada por tres personas: el párroco de Santiago, un representante del Obispo
de la diócesis y la Superiora de la Comunidad de Religiosas Hermanas Terciarias
Carmelitas de la Caridad.
23-11-1953 Legalización definit. Unitransa
instalación en Villena
Refrendo de la legalización definitiva de la
Agencia de Transportes denominada “Unión de Transportes S.L., domiciliada en
Villena por parte de la Dirección General, puesto que con fecha 17-11-1952 ya
se la había concedido la Jefatura de Obras Públicas de Alicante.
El escrito lleva fecha 23-10-1953 firmado por el
director general José de Aguinaga y dirigido al Sr. Ingeniero Jefe de Obras
Públicas de Alicante.
La citada empresa tenía en domicilio en la calle
Bernardo de Granda nº 3 de Villena y contaba con sucursales por toda España.
27-04-1954 Autorización a la Noveldense
Adjudicación definitiva del servicio público
regular de transporte mecánico de viajeros, equipajes y encargos por carretera
entre Villena y Alicante a “La Noveldense S.A.”.
El director general del Ministerio, José de
Aguinaga, en escrito de 27-2-1954 firmó
el documento de adjudicación y se lo envió al Inspector Jefe de la Inspección
Central de Circulación y Transportes por carretera.
El itinerario total tenía 69 Km de longitud y el
de Villena a Alicante pasará por Sax, Elda, Novelda y Monforte, con hijuela de
Petrel, Elda, estación de Elda y de Monforte-Aspe con parada obligatoria para
tomar y dejar viajeros y encargos en todos los puntos mencionados
anteriormente. Los recorridos se realizarían todos los días, salvo domingos.
Otra curiosidad es que en virtud de una orden de
Julio de 1953, el concesionario debía abonar a RENFE un canon de coincidencia
del 5,06%.
Como apartados finales, indicar que la empresa en
marzo de 1933 ya realizaba viajes con dos viajes de ida desde Villena a
Alicante, así como dos de regreso. Esta información la hemos obtenido de un
anuncio de dicha época y para finalizar indicar que, César López Hurtado nos ha
indicado los distintos lugares de Villena, donde “La Noveldense” tuvo despacho
y que fueron: C/Cánovas del Castillo en la casa de Elvira Campos hasta fin de
la guerra, luego se pasó a la calle Nueva, después a la puerta del Hotel
Alcoyano y finalmente en la casa de la Maja en la calle Joaquín Mª López.
19-10-1954 Adjudicación a Montescar
Adjudicación definitiva del servicio público
regular de transporte mecánico de viajeros, equipajes y encargos por carretera,
entre Benejama y Villena, convalidando el que actualmente explota a José Montes
Soler.
Aprobación del Sr. Ministro el 29-9-1954 y
comunicada el 7-10 por el director general, José de Aguinaga al Inspector Jefe
de Inspección Central de Circulación y Transporte por carretera.
El itinerario entre Benejama y Villena, de 12 Km.
De longitud, pasará por Campo de Mirra y Cañada, con parada obligatoria para
tomar y dejar viajeros y encargos en todos los puntos mencionados
anteriormente.
Todos los días habrán dos expediciones, salvo los
domingos que habrá una.
Quedaron afectos a la concesión un Ómnibus marca
“Chevrolet”, A-3738, con capacidad para 14 pasajeros y otro Ómnibus marca
“G.M.C.”, A-5162 con capacidad para 18 viajeros.
El servicio, con respecto al ferrocarril, se
clasificó como independiente.
05-12-1955 Exención de Impuestos al Colegio de Ntra.
Sra. de los Dolores
Se dictaminó sobre un expediente promovido por don
Juan Mañas Gómez, Cura de la parroquia de Santiago, solicitando en nombre de la
fundación “Colegio Ntra. Sra. de los Dolores”, exención del impuesto sobre los
bienes de las personas jurídicas.
Se detallan los bienes, diversiones inversiones
en deuda pública, por un nominal de 2.150.100 pesetas, más el inmueble en calle
Generalísimo 37 con fachada y salida a la calle de Isabel la Católica, todo
propiedad de la Fundación.
La Dirección General de lo Contencioso del Estado
acordó conceder la exención de dicho impuesto. El documento de aprobación fue
firmado en Madrid el 22-11-1955 por el director general José Fernández-Arroyo y
Caro.
03-04-1958 construcción viviendas Poblado de Absorción
Decreto de 21-3-1958 por el que se declaró de
urgencia la ocupación de terrenos en Villena, con destino a la construcción de
viviendas de tipo social.
El Instituto Nacional de la Vivienda aprobó el
proyecto de construcción de un poblado de absorción de 400 viviendas, promovido
por el ayuntamiento de Villena.
Los propietarios de dichos terrenos eran: Pablo
Andrieux Ouvrier; Gisela Andrieux Ouvrier; Josefa Esquembre Sevilla; Antonio
Sevilla Torres, Dolores Esquembre García.
En aquel entonces los terrenos estaban sembrados
de cebada, existía una era, un corral y una casa, así como una plantación de
olivos.
El decreto, firmado por Francisco Franco, fue
firmado por el Ministro de la Vivienda José Luis de Arrese y Magra.
06-05-1958 Nuevo mercado, subasta de puestos
El ayuntamiento de Villena informa del pliego de
condiciones relativo a la subasta para la adjudicación de los puestos y casetas
del nuevo Mercado de Abastos de la plaza de Pedro Menor. Toda la información se
plasmó en un oficio del ayuntamiento de fecha 19-4-1958.
Se trata de un mercado al detalla de carnes, ultramarinos,
pescados, salazones, frutas, hortalizas, verduras, un solo bar, etc.
Nave A: planta principal, puestos laterales para
carnes y ultramarinos del 1 al 27. Puestos centrales del 28 al 51 para frutas,
verduras y hortalizas. Para bar se fijó el puesto nº 7.
Nave B: planta principal, puestos laterales del
52 al 64 para frutas verduras y hortalizas.
Nave C: situada en el semisótano. Salazones y
ultramarinos, puestos laterales del 65 al 76.
Nave D: situada en el semisótano. Pescados y
mariscos frescos, puestos del 77 al 88.
Nave E: lonja, semisótano. Mercado al por mayor
de frutas, verduras y hortalizas. Con puestos del 89 al 96.
El plazo de adjudicación era para 12 años.
14-03-1959 Centro taller en “La Sociedad”
Orden de 25-2-1959, firmada por el Director General de Enseñanza Laboral,
por la que se clasifica como centro no oficial “autorizado” de Formación
Profesional Industrial el Taller-Escuela Sindical de Villena.
Dicho centro dependía de la Organización Sindical y en dicho centro se podrían
cursar las enseñanzas correspondientes al Grado de Aprendizaje para las ramas
de Metal, en sus especialidades de ajuste-matricería, torno y forja-chapistería
y de la Madera, en la carpintería.
Se indicaba que el citado centro disfrutaría de los beneficios inherentes
a los Centros no oficiales de Formación Profesional Industrial autorizados y
quedaba obligado a disponer de una plantilla mínima de profesores titulados.
Las inscripciones de matrícula debían hacerse en la Escuela de Maestría
Industrial de Alicante.
Transcripción realizada en diciembre de 2016 por Chimo Sánchez Huesca
No hay comentarios:
Publicar un comentario