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Expediente General de Cofradías enviado desde Murcia al Consejo de Castilla el 30-09-1771 – Comentario general y datos locales.

Introducción

 

El Presidente o Gobernador del Consejo Real y Supremo de Castilla era, en el antiguo régimen, la segunda autoridad de la Monarquía Hispánica después del rey, pues los validos no tenían nombramiento oficial. Era nombrado por designación del monarca, que a tal efecto elegía un «prelado, grande de Castilla, señor de título o presidente de otro consejo, y a veces consejeros del mismo».​ Recibía el tratamiento de "señoría ilustrísima"​ y tenía la preeminencia protocolaria en todos los actos públicos en los que no estuviera presente el rey. ​

Conde de Aranda

(Pedro Pablo Abarca de Bolea, Conde de Aranda; Siétamo, España, 1719 - Épila, id., 1798) Militar y estadista español. Décimo conde de Aranda, fue enviado a estudiar a Bolonia, pero su decidida y temprana vocación militar le condujo a alistarse en el ejército español, en el que llegaría a capitán general de Valencia y Murcia. Anteriormente, y como embajador, sirvió en Lisboa, Polonia y París.

Pedro Pablo Abarca de Bolea, conde de Aranda

Después del motín de Esquilache (1766), Carlos III lo llamó a Madrid y le nombró gobernador del Consejo de Castilla, cargo desde el que inició el proceso que acabaría con la expulsión de los jesuitas en 1767, bajo la acusación de actuar contra el rey y organizar motines. A lo largo de los siete años que estuvo al frente del Consejo de Castilla, instauró una política reformista basada en los principios de la Ilustración con la que consiguió el aprecio popular y el elogio del mismo Voltaire.

Sus crecientes diferencias con Carlos III lo indujeron a solicitar la embajada de París (1773-1787). En su gestión diplomática consiguió éxitos tan sobresalientes como la firma del tratado de paz con Gran Bretaña (1783). De nuevo en España, hizo todo lo posible por favorecer la caída del conde de Floridablanca, por quien sentía profunda antipatía.

Cuando éste fue destituido por Carlos IV (febrero de 1792), Aranda fue nombrado secretario de Estado interino, y como tal tuvo que hacer frente a las difíciles relaciones con la Francia revolucionaria. Sostuvo con firmeza una política de neutralidad que no tuvo arraigo, pues fue destituido a los pocos meses.

Le sucedió Manuel Godoy, que declaró la guerra a Francia y ordenó el arresto de Aranda, mientras se incoaba un proceso en el que intervino la Inquisición. En 1795, concluida la guerra con Francia, se sobreseyó la causa y se le levantó el confinamiento. Aranda decidió retirarse a la villa de Épila, donde murió.

Hemos considerado realizar esta introducción y biografía de Arada, para situarnos mejor en la circular que a finales de 1770 remitió a los Intendentes y Corregidores de todo el reino de Castilla.

En dicho escrito solicitaba la elaboración de un informe en el que se comunicara el número de cofradías, hermandades y gremios comprendidos en la jurisdicción; las fiestas que se celebraban; sus ingresos y gastos; y para finalizar, indicando su situación legal.

El Expediente General de Cofradías, que así se denominó oficialmente, culminó en 1783 con la Real Resolución, su arreglo, reforma y extinción. Nunca se cerró de forma definitiva. Eso sí, el Consejo de Castilla clasificó y ordenó todos los informes. Figurando en el legajo 7094-7095 la información que remitió el Intendente de Murcia con fecha 30 de septiembre de 1771[1].


Resumen del citado expediente, obtenido en el trabajo titulado Religiosidad Popular e Ilustración. Las cofradías de Murcia en 1771. Por Inmaculada Arias de Saavedra y Miguel Luis López Muñoz, Universidad de Granada.

             Destacan los autores que en el reino de Murcia tuvo gran intensidad el movimiento religioso, y así lo demuestran los datos que envió el Intendente de Murcia, Antonio Carrillo de Mendoza, ofreciendo un cuadro muy vivo de la religiosidad popular murciana.

            El informe del reino de Murcia fue elaborado entre los años 1770 y 1771, y remitido al Consejo de Castilla el 30 de septiembre de 1771.

            Los datos van agrupados por localidades, con bastante fidelidad a la encuesta exigida por el Consejo, que pedía información sobre el número de cofrades, nombres y sedes, fiestas y gastos anuales, así como el tipo de aprobación de que gozaban, y los excesos que cometían.

De las 678 cofradías del reino de Murcia, repartidas en 88 pueblos, se conoce el informante en 619, de las cuales, casi el 80% es la autoridad municipal y el resto la eclesiástica.

El informe de Murcia se compone de más de 1.000 páginas[2].

Murcia, la capital del reino sobrepasaba las cincuenta hermandades; Lorca y Cartagena tenían más de treinta;  Jumilla, Chinchilla, Caravaca, Yecla y Villena sobrepasaban la veintena.

En el grupo de la veintena Villena tenía 20; Yecla 24, Jumilla 27, Chinchilla 25 y Caravaca 21. Como anécdota diremos que la villa de Caudete, vecina de Villena tenía 10.

En Villena las veinte cofradías estaban entre las dos parroquias.

De las cinco cofradías nobiliarias que había en el reino de Murcia, había una en Cartagena (Virgen del Socorro), una en Murcia (Santiago de la Espada), dos en Mula (Santísimo Sacramento Veracruz-Sangre de Cristo) y una en Villena (Nuestra Señora de la Soledad).

En todo el reino aparecen 18 hermandades de clérigos, de las cuales hay una en Villena.

La actividad principal, reglamentada en los estatutos de cada cofradía es la promoción de actos de culto. Había hermandades que celebraban únicamente la fiesta anual a su patrón o santo, unas con sermón y otras no. En unos casos se acompañaba con música y en otros, con procesión.

En las hermandades sacramentales se solía realizar una vigilia en la víspera; en otras una misa mensual con Minerva[3].

Las cofradías marianas celebraban las cinco festividades principales de María: Anunciación, Asunción, Natividad, Concepción y Purificación[4].

Era habitual que los cultos en honor de imágenes se prologaran durante un determinado número de días: triduos, quinarios[5] o novenarios.

Destacaban también otros cultos, como eran los rosarios mañaneros, conocidos también como de la aurora, los de ánimas y la misa sabatina[6].

Los autores exponen unos porcentajes curiosos de qué tipo de procesiones se realizaban y estos son los porcentajes:

 

Procesión mariana o patronal……….………..34%

Procesión del Corpus Christi………………....23%

Procesiones de Semana Santa………...….…..19%

Procesiones de Viático……………………….13%

Rosarios callejeros……………………..……  7%

 

El intendente aconsejó la supresión de todas las cofradías en 32 localidades y reducir considerablemente su número en Jumilla, Yecla y Villena.

También propuso:

 

·        Prohibición absoluta de procesiones, salvo la del Corpus, las preces ordenadas por la Iglesia y las de los patronos de cada pueblo.

·             Aconsejaba contemplar los pasos de la Semana Santa en el interior de los templos. Las procesiones excedían al Carnaval más concurrido y licencioso.

·         Proponía el cierre al culto de las ermitas y la suspensión de fiestas nocturnas y de todo culto a imágenes y cuadros callejeros.

·             Veía como una superstición el fuego de San Antón.

 

La opinión de Carrillo de Mendoza fue de las más intransigentes y contrarias a las cofradías expresadas en el Expediente General. Fue un celoso funcionario que no llegó a captar lo que significaban las hermandades y cofradías para el antiguo régimen, puesto que estas constituían uno de los pocos cauces para el asociacionismo y el fomento de las relaciones interpersonales. Gracias a ellas, muchas gentes sencillas se sentían amparadas, contaban con la solidaridad de los socios en momentos difíciles y se podían permitir una cierta expansión.

Había actos externos (procesiones y romerías), actos de culto (interior de los templos) y momentos de esparcimiento (comidas de cofrades).

Las cofradías proporcionaban también la posibilidad de protagonismo social, mediante el desempeño de cargos directivos o mayordomías.

Las cofradías podían ser un medio de manifestación y afirmación de la identidad local o comarcal y las fiestas patronales son el máximo exponente de dicha faceta.

El Expediente General de Cofradías del reino de Castilla no dio lugar a una actuación rigurosa, sino que quedó más bien en una declaración de intenciones. No obstante, en la resolución de 25 de junio de 1783 se tomaron algunas medidas, como la renovación de la prohibición de las cofradías gremiales y se prohibieron las que no gozaban de aprobación alguna.

En definitiva, se prohibieron excesos y gastos superfluos.

 

La distribución de las 20 cofradías existentes en Villena era la siguiente:

 

Sacramentales…………...……..0

Cristo…………………………..2

Marianas………………….……5

Santos………………….……..12

No se sabe………………...…..  1

Total…………………………..20, para una población de 6.358 habitantes.


Y ahora ya, pasamos a leer los dos informes sobre Villena, obtenidos en el  Archivo Histórico Nacional.

El primero, realizado por la ciudad y el segundo, la resolución del citado intendente, Carrillo de Mendoza.


Villena – Informe que realiza el Ayuntamiento

En quince días del mes de noviembre año de mil setecientos y setenta, los señores del Concejo de Justicia y Regimiento de esta M.N.M.L. y Fidelísima ciudad de Villena, en vista de la carta orden de V.S. de 19 del inmediato octubre, sobre la puntual y clara noticia de las Hermandades, Cofradías y Gremios y demás que contiene; sin embargo de tener caducada esta Diligencia, por orden que recibió este Ayuntamiento, de Don Andrés Marques y Vera, suscrita en Madrid a 26 de Febrero de 1769 informan a V. S. de lo siguiente.

 En esta ciudad hay Cofradías de Señor San Pedro, en que solo se alistan los del Estado Eclesiástico (clérigos); La de Nuestra Señora de la Soledad, que es distintivo de la Nobleza, y solamente se anotan los notorios Hijos-Dalgo. La Concepción de Ntra. Señora; la del Dulce Nombre de Jesús; La de la Esclavitud de Nuestra Señora de las Virtudes; la de Nuestra Señora de las Nieves; la de S.S. Joseph; la de S.S. Ana; La de S.S. Juan Bautista; la de S.S. Judas Tadeo; la de S.S. Antonio Abad, la de S.S. Sebastián; la de San Roque; la de S.S. Gil; la de S.S. Blas; la de Santa Bárbara; la de Señora Santa Lucía; las hermanas de Nuestra Señora de los Dolores; La Cruz y Tercera orden. 

V.S. = Vuestra Señoría

       Las cuales ninguna de ellas tienen fondos, ni Rentas, para los gastos que necesitan en función de iglesia en el día de la Festividad del Santo de su advocación, más que la corta limosna que contribuyen los Cofrades; las que se consumen en el gasto de cera, música, sermón y diezmos parroquiales, sin que para ello se celebren Juntas. Todas estas cofradías se encuentran aprobadas por el Ordinario Diocesano, a quién están sujetas, y les toma las correspondientes cuentas. Y habiendo reconocido los Libros de cuentas de estas cofradías, en los expresados gastos en ninguna asciende de quinientos reales de vellón y todo sale de la devoción de los cofrades.

En esta ciudad no hay Cofradías de Gremios, ni otras Juntas particulares de que se pide informe: Y se me manifiestan la Devoción y motivos de piedad con que están fundadas para el mayor culto de Vuestro Titular, de cada una.

Lo que manifiestan a V.V. por lo visto por cada de uno e informes sobre ello tomados a los Curas Párrocos y otras personas de carácter y distinción:

Años V. que a V.S. m.an. que puede ser

·         Don Cristóbal de Mergelina y Pastor (Pérez y Pastor); Regidor preminente y caballero capitular.

·         Don Joseph de  Selva (y Rojas); caballero capitular.

·         Miguel Gerónimo Bernabeu; Corregidor desde 17-01-1769.

·         Pedro Matías Rodríguez (de Navarra); Regente de la Real Jurisdicción ordinaria.

·         Francisco Fernández (Flores) y Villanueva; Regente de la Real Jurisdicción ordinaria, caballero capitular y regidor perpetuo desde 11-09-1770.

·         Juan Joseph Cervera (Fernández de Gasque); caballero capitular y ostenta además diversos cargos como comisario.

·         Joseph López Oliver y Herrero; caballero capitular.

·         Don Francisco Díaz; Síndico personero.

 De Acuerdo de esta M.N.M.L. y fidelísima ciudad de Villena

Sebastián Calderón de López; escribano del ayuntamiento.


Informe de la Intendencia de Murcia

Esta ciudad tiene en su parroquia con aprobación del Ordinario Diocesano las 20 Cofradías siguientes:

La de San Pedro

La de Ntra. Sra. de la Soledad

La de la Concepción

El Dulce nombre de Jesús

La de Ntra. Sra. de las Virtudes

Ntra. Sra. de las Nieves

La de San Joseph

La de Santa Ana

La de San Juan Baptista

La de San Juan Tadeo

La de San Antonio Abad

La de San Sebastián

La de San Roque

La de San Gil

La de San Blas

La de Santa Bárbara

La de Santa Lucía

La de Ntra. Sra. de los Dolores

La de la Cruz

y Tercera Orden

Sobre la regla oral de que no se permitan Juntas, nombramientos, turno, elección o sorteo de Mayordomos, demandas y limosnas para ellas, convites, refrescos, caridades, rifas, aguinaldos, soldadescas, ni otro gasto alguno, ni demostración profana.

Entiendo que solo deben subsistir las festividades de San Pedro, por hacerla el Estado Eclesiástico, sin gravamen del Público, y la de Ntra. Señora de la Soledad por el distintivo que en ella tiene la Nobleza, reduciéndose todos sus gastos a una Misa cantada en el día de la fiesta y que las 18 restantes se extingan enteramente como gravosas del Pueblo en cantidad de 90 reales cuando menos al Año.

            Murcia, 30 de septiembre de 1771

Antonio Carrillo de Mendoza

 Nota

Quedan extinguidas las 20 cofradías y hermandades y consientes sólo 2 festividades.

Trabajo y conferencia que sobre este tema realizó Joaquín Sánchez Huesca.



[1] El Expediente General de Cofradías del Archivo Histórico Nacional Regesto Documental, por Milagrosa Romero Samper, Departamento de Historia Moderna. Universidad Complutense  (Cofradías y Devociones Hispania Sacra, 40 (1988), pg. 205-234

[2] El informe se encuentra en el Archivo Histórico Nacional, sección: Consejos, legajos 7094-7095.

[3] Procesión eucarística por el interior de la iglesia. Un conocido ejemplo lo conocemos en Villena, en las iglesias de Villena,  en las que la celebración del “Triduo de las 40 horas” finaliza con la procesión del Santísimo por su interior.

[4] Procesión de las Candelas. En la iglesia de Santa María se celebraba en la mañana del 2 de febrero, por el interior del templo.

[5] Se celebran en Cuaresma y están dedicados a imágenes de Cristo.

[6] Oración u oficio divino propio del sábado.

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